viernes, 21 de septiembre de 2018

La sentencia del Tribunal Europeo sobre lactancia abre puertas a la conciliación


La sentencia del Tribunal Europeo sobre lactancia abre puertas a la conciliación



Colectivos de mujeres con turnos de noche podrían beneficiarse de la prestación hasta los nueve meses



Fuente: LA VOZ / Dolores Cela /21/09/2018

«Abre puertas para la conciliación». Este fue el comentario generalizado de diversas fuentes consultadas por este periódico sobre el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, que reconoce el derecho a la concesión de la prestación económica por riesgo durante la lactancia natural a una vigilante jurado de Lugo. La sentencia que afecta a Isabel González Castro, madre de un niño que ahora tiene tres años y a la que le denegaron la prestación contemplada en la ley para situaciones de riesgo en las que no es posible el cambio de trabajo, que se prolonga hasta que el bebé cumple los nueve meses, podría sentar un precedente para muchas otras mujeres que tienen asignados turnos de noche.

En algunos ámbitos se barajan como posibles beneficiarias de esta sentencia a quienes trabajan en centros sanitarios haciendo guardias nocturnas y también otras profesiones que tradicionalmente eran desempeñadas por hombres y a las que se están incorporando las mujeres.

Lo habitual, según fuentes consultadas, es que no se den estos casos y, de hecho, no encontraron ningún precedente reflejado en otras sentencias. En las empresas pequeñas lo normal, según señalaron, es el cambio de turno para permitir la conciliación y facilitar la lactancia.La trabajadora a la que le reconocen esta prestación, que tendría que pagar en este caso la mutua, percibe su salario íntegro hasta que el bebé cumple los 9 meses, en que cesa de forma automática. Está pensada para aquellos casos en los que el cambio de puesto de trabajo no resulta técnicamente posible. En el caso de la vigilante lucense quien denegó el certificado médico que acreditaría el riesgo del puesto de trabajo de la vigilante, que hacía algunos turnos de noche, fue Mutua Umivale.

Este rechazo, según recoge la sentencia europea, está basado en unas orientaciones de la Asociación Nacional de Pediatría, que hace referencia a que el trabajo por turnos y el nocturno no presentan riesgos para la lactancia. Interpretó que la trabajadora no estaba expuesta a sustancias perjudiciales para su hijo y que las condiciones laborales no interferían en la lactancia, pero no efectuó evaluación del riesgo.

Al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia le surgieron dudas sobre este último aspecto y planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una de sus cuestiones prejudiciales. En ella hace referencia a que Isabel González Castro, que trabaja en un centro comercial, realiza determinados turnos en solitario «haciendo rondas y atendiendo a urgencias tales como delitos, incendios y otras incidencias, y sin que conste acreditada la existencia de un lugar adecuado para la lactancia natural, o, en su caso para proceder a la extracción mecánica de la leche.

La vigilante recibió felicitaciones por el fallo a su favor.

Isabel González acudió ayer a su puesto de trabajo en el centro comercial para cumplir con su jornada reducida de mañana, que tendrá que renovar cuando su hijo cumpla los cuatro años. Reconoce que recibió muestras de apoyo de muchas mujeres y de algunos de sus compañeros. La vigilante de seguridad explicó que seguirá haciendo valer todos los derechos que la amparan como madre para criar a sus hijos.


«Abre puertas para la conciliación». Este fue el comentario generalizado de diversas fuentes consultadas por este periódico sobre el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, que reconoce el derecho a la concesión de la prestación económica por riesgo durante la lactancia natural a una vigilante jurado de Lugo. 

La sentencia que afecta a Isabel González Castro, madre de un niño que ahora tiene tres años y a la que le denegaron la prestación contemplada en la ley para situaciones de riesgo en las que no es posible el cambio de trabajo, que se prolonga hasta que el bebé cumple los nueve meses, podría sentar un precedente para muchas otras mujeres que tienen asignados turnos de noche.

En algunos ámbitos se barajan como posibles beneficiarias de esta sentencia a quienes trabajan en centros sanitarios haciendo guardias nocturnas y también otras profesiones que tradicionalmente eran desempeñadas por hombres y a las que se están incorporando las mujeres.

Lo habitual, según fuentes consultadas, es que no se den estos casos y, de hecho, no encontraron ningún precedente reflejado en otras sentencias. En las empresas pequeñas lo normal, según señalaron, es el cambio de turno para permitir la conciliación y facilitar la lactancia.

La trabajadora a la que le reconocen esta prestación, que tendría que pagar en este caso la mutua, percibe su salario íntegro hasta que el bebé cumple los 9 meses, en que cesa de forma automática. Está pensada para aquellos casos en los que el cambio de puesto de trabajo no resulta técnicamente posible. En el caso de la vigilante lucense quien denegó el certificado médico que acreditaría el riesgo del puesto de trabajo de la vigilante, que hacía algunos turnos de noche, fue Mutua Umivale.

Este rechazo, según recoge la sentencia europea, está basado en unas orientaciones de la Asociación Nacional de Pediatría, que hace referencia a que el trabajo por turnos y el nocturno no presentan riesgos para la lactancia. Interpretó que la trabajadora no estaba expuesta a sustancias perjudiciales para su hijo y que las condiciones laborales no interferían en la lactancia, pero no efectuó evaluación del riesgo.

Al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia le surgieron dudas sobre este último aspecto y planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una de sus cuestiones prejudiciales. En ella hace referencia a que Isabel González Castro, que trabaja en un centro comercial, realiza determinados turnos en solitario «haciendo rondas y atendiendo a urgencias tales como delitos, incendios y otras incidencias, y sin que conste acreditada la existencia de un lugar adecuado para la lactancia natural, o, en su caso para proceder a la extracción mecánica de la leche.

La vigilante recibió felicitaciones por el fallo a su favor.

Isabel González acudió ayer a su puesto de trabajo en el centro comercial para cumplir con su jornada reducida de mañana, que tendrá que renovar cuando su hijo cumpla los cuatro años. Reconoce que recibió muestras de apoyo de muchas mujeres y de algunos de sus compañeros. La vigilante de seguridad explicó que seguirá haciendo valer todos los derechos que la amparan como madre para criar a sus hijos.

jueves, 20 de septiembre de 2018

Convocatoria Ayudas de Estudios Ilunion Seguridad 2018


El día 10 de Octubre se abre el plazo en Ilunion Seguridad, para la presentación de solicitudes de Ayudas de Estudios correspondientes al Año 2018. 

Estas Ayudas
 de Estudios son para los trabajadores y sus hijos, y forman parte de la dotación económica del Fondo Social recogido en el Convenio Colectivo de Ilunion Seguridad. 

El plazo para la entrega de estas solicitudes finalizará el 8 de Noviembre

Las solicitudes podéis entregarlas en los locales sindicales de la Calle Bravo Murillo, nº 327 – 3ºPlanta en el caso de la Delegación de Madrid y para el resto de provincias en las direcciones que se señalan en el Díptico junto con las bases de la convocatoria.





































































miércoles, 19 de septiembre de 2018

Nota Informativa - Sentencia Tribunal Supremo sobre horas extraordinarias convenio de Seguridad Privada


Nota Informativa - Sentencia Tribunal Supremo sobre horas extraordinarias convenio de Seguridad Privada

Habida cuenta de la difusión por diversas redes de una sentencia del Tribunal Supremo referente a la nulidad de determinados artículos del Convenio Colectivo de Seguridad Privada y diversas informaciones de otras organizaciones sindicales que hacen una interpretación aventurada del efecto que la misma produce, os informamos de que después de un análisis pormenorizado de la sentencia, la misma no establece con carácter absoluto el derecho al abono de las horas extraordinarias con un incremento del 75% sino que únicamente correspondería ese incremento en los supuestos en que las horas extras trabajadas lo fueran en día festivo o en el período de descanso semanal, y dicho trabajo fuera realizado excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, causas por las que no se pudo haber disfrutado del día de fiesta o de descanso semanal.

En cualquier caso este cambio de criterio del Tribunal Supremo genera múltiples incertidumbres ante las peculiaridades de la jornada del sector y la multitud de supuestos que en la práctica se nos pueden presentar, así como la duda razonable acerca de cuál será la interpretación que los diferentes tribunales terminen por dar a este particular, por lo que la trascendencia de la sentencia en el aspecto práctico nos genera aún muchas dudas.

A la espera de clarificar la situación tanto respecto del convenio anulado como su afectación en el actual, os instamos a tratar la cuestión con la debida prudencia a la espera en su caso de la interposición de las acciones pertinentes

CCOO consigue comprometer a las empresas en la mejora de la protección de los vigilantes de seguridad de metro de Madrid































































viernes, 14 de septiembre de 2018

Denuncian «relaciones íntimas» entre menores y educadoras en un centro de internamiento de Guipúzcoa


Denuncian «relaciones íntimas» entre menores y educadoras en un centro de internamiento de Guipúzcoa

Fuente: burgosconecta.es/JAVIER PEÑALBA - 14 sept 2018

Vigilantes de seguridad del centro de menores Ibaiondo de Zumarraga (Guipúzcoa) denuncian la existencia de «relaciones íntimas» entre menores que permanecen recluidos y educadoras, al igual que otras irregularidades, como un «peligroso tráfico e introducción y hallazgo de sustancias estupefacientes» dentro de la propia instalación. Esta situación, según se dio a conocer ayer, fue puesta en conocimiento de la Policía en julio por el entonces portavoz de quince vigilantes que fueron subrogados a la empresa Delta y que desarrollan su actividad profesional en dicho centro de internamiento. La Dirección de Justicia afirma desconocer la existencia de dicha denuncia que calificó de «barbaridad» y adelanta su disposición a colaborar con las autoridades judiciales.

La denuncia fue interpuesta a las 13 horas y 52 minutos del 27 de julio, en las dependencias del Cuerpo Nacional de Policía en San Sebastián. La misma está firmada por Óscar Bruña, que en la fecha de los hechos actuaba en nombre propio y como portavoz de quince de los dieciséis vigilantes de la empresa encargada de la seguridad en el complejo de reclusión de menores infractores. Bruña, que junto a otros dos compañeros fue objeto de un expediente disciplinario laboral que derivó en su despido, actualmente no presta su servicio en Ibaiondo.

La denuncia consta de 31 páginas y en la misma se aportan «19 documentos probatorios» que suman otros 59 folios más. En los mismos se detallan «delitos e infracciones administrativas», según indican los propios denunciantes, de los que, afirman, era conocedor el director del centro, de quien aseguran «no solo no obró conforme a la legislación», sino que «conculcó nuestro deber de informar de la comisión de dichos delitos ante las fuerzas de seguridad para su persecución o seguimiento, caso de ser judicializados».

La Dirección de Justicia del Gobierno Vasco afirma que no le constan los hechos

En la denuncia, el portavoz detalla que los hechos acontecieron entre septiembre de 2012 y el pasado mes de marzo. Desvela en este sentido, «el habitual y peligroso tráfico e introducción y hallazgo de sustancias estupefacientes» dentro del centro. Cifra en más de una treintena los casos en los que los vigilantes han intervenido sustancias estupefacientes tanto cuando intentaban introducirlas como ya dentro.

Sin embargo, lo que realmente destaca del contenido de la denuncia son las supuestas «relaciones íntimas» que, según afirma, mantienen los internos menores de edad y el «personal educativo». Fuentes consultadas indicaron que en los últimos cuatro años se habría detectado al menos dos casos en los que dos educadoras habrían tenido relaciones con sendos internos.

De igual manera, advierten de la «desprotección de los menores frente a casuísticas de descontrol emocional», que son abordadas con la «aplicación de castigos y denegación de asistencia médica», aun cuando está protocolizada.

Traslado al juzgado
Fuentes consultadas indican que tras la recepción de la denuncia y «ante la gravedad de la situación descrita», los agentes de la Policía Nacional pusieron los hechos en conocimiento del juzgado en funciones de guardia de Bergara, donde se han incoado las oportunas diligencias. Asimismo, trasladaron el caso a la Fiscalía Provincial.

El denunciante asegura que las presuntas irregularidades habían sido elevadas tanto a los responsables de la empresa Delta Seguridad, a través de la persona destinada a la coordinación para los palacios de Justicia y centros de menores, como a la Dirección de Seguridad de Justicia de Gobierno Vasco y también a la directora de Trabajo y Justicia.

Fuentes del departamento de Justicia del Gobierno Vasco dijeron ayer desconocer la existencia de denuncia alguna en tal sentido, según manifestó Loly de Juan, directora de Justicia. «A día de hoy no tengo ninguna información ni conocimiento de semejante barbaridad», señaló. De Juan mostró asimismo su extrañeza de que el firmante de la denuncia «jamás nos haya informado de todo ello, a no ser que se haya producido en los últimos meses. Yo, desde luego, no tengo ninguna comunicación. Ni si quiera tengo constancia de que se hayan incoado unas diligencias judiciales. El departamento, la Dirección de Justicia e incluso el director de Ibaiondo, con el que ha hablado hace unos minutos, no tienen información de la existencia de dicha denuncia», señala De Juan.

Desde Justicia afirman que «jamás» han tenido conocimiento de la existencia de relaciones íntimas entre menores ingresados y el personal educativo. «Habríamos actuado de inmediato si lo hubiésemos sabido», precisó Loly de Juan, al frente del cargo desde el año pasado.

No obstante, la directora reconoce que los intentos de introducción de droga son relativamente habituales, «pero son intentos y los vigilantes, que hace muy bien su labor, los incautan casi siempre».

De Juan, destaca que en cuanto se les dé traslado del contenido de la denuncia, «colaboraremos con la justicia. Los hechos que se denuncian son muy graves y nosotros estaremos para clarificar los hechos».



El Tribunal Constitucional declara nulo el despido de un vigilante de seguridad


El Tribunal Constitucional declara nulo el despido de un vigilante de seguridad

El Alto Tribunal da amparo al trabajador, miembro del comité de empresa de Seguridad Integral Canaria, considerando que se vulneró su derecho a la libertad sindical, en relación con la libertad de expresión, tras ser despedido por participar en actos en los que se criticaba el "amiguismo" entre empresas de seguridad y administraciones.

Fuente: JAVIER ÁLVAREZEVA MARREROLas Palmas 14/09/2018

El Tribunal Constitucional ha dado amparo a un vigilante de seguridad, miembro del comité de empresa de Seguridad Integral Canaria, que fue expulsado a través de un despido disciplinario en abril de 2015.

El despido se fundamentaba en diferentes acciones del trabajador, como haber asistido a un pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en diciembre de 2014, junto a otros representantes de los empleados de dicha empresa, en el que se levantó de su asiento y poniéndose una careta del conocido personaje El Pequeño Nicolás, exhibió una camiseta con el mensaje "donde hay corrupto hay un corruptor. Tanto o más importante que el nombre del político corrupto es conocer el de la empresa de seguridad corruptora".

Una camiseta que el después despedido también llevó puesta en otro acto en marzo de 2015, una rueda de prensa en la sede de Intersindical Canaria, para anunciar una convocatoria de huelga.

Aunque el trabajador recurrió el despido y solicitó que se declara nulo, tanto el Juzgado de lo Social nº9 de Las Palmas de Gran Canaria como el Tribunal Superior Judicial de Canarias lo avalaron como procedente.

Tras pedir amparo al Constitucional, el Alto Tribunal ha decidido que se vulneró el derecho a la libertad sindical, en relación con la libertad de expresión, de este trabajador pues "el demandante actuó en calidad de miembro del comité de empresa, cuestionando a través de la protesta la pasividad del Ayuntamiento en su deber de velar por los derechos de los trabajadores de la empresa adjudicataria del contrato de seguridad y vigilancia; y el mensaje contenido en las camisetas y exhibido en el Pleno del Ayuntamiento ni identificó como 'empresa de seguridad corruptora' a la mercantil empleadora, ni menos aún a ningún responsable de la misma".
El Tribunal Constitucional anula así tanto la sentencia del TSJC y del Juzgado de lo Social y declara la nulidad del despido.




viernes, 7 de septiembre de 2018

Anulan despido vigilante seguridad basado en grabación vulneró su intimidad

Anulan despido vigilante seguridad basado en grabación vulneró su intimidad

El titular del Juzgado de lo Social 9 de Sevilla ha declarado nulo el despido, en junio del 2017, de un vigilante de seguridad al atribuirle hechos grabados por una cámara que los empleados desconocían y sin sospecha previa que justificase una grabación que, según el juez, vulneró su derecho a la intimidad.

Fuente: lavanguardia.com/06/09/2018

En una sentencia del 3 de septiembre, a la que ha tenido acceso Efe, el juez considera que empresa vulneró "su derecho fundamental a la intimidad, afectando a esferas de su vida privada, y, así, el propio vestir y desvestir" que realizaba en el centro de control en el que trabajando, al colocar la cámara en fecha no determinada y sin comunicación previa a los trabajadores.

Ello permitió "la grabación indiscriminada no sólo del demandante sino de cualquier otra persona que se encuentre en dicho centro de control, y de forma no limitada en el tiempo, sin que concurra causa alguna que justifique la colocación de dicha cámara", por lo que la actuación de la empresa no responde a los principios de proporcionalidad y la grabación aportada como medio de prueba para su despido "debe ser calificado como ilícito".

En su carta de despido, la empresa alegaba que en base a la grabación de la conducta del trabajador durante varias jornadas laborales de marzo, abril y mayo de 2017 -en el turno de noche en el centro de control de vigilancia- éste no realizó su servicio "de forma convenida al no prestar atención al servicio, al descalzarse, al no cumplir con las normas básicas de uniformidad, por dedicarse a ver películas en un dispositivo móvil y por dormirse durante el horario de servicio".

Tras comunicarlo al comité de empresa del sindicato CSIF, al que el trabajador está afiliado, que esos hechos "podían ser constitutivos de una falta laboral y ser objeto de sanción disciplinaria", le comunicó su "despido por causas disciplinarias" por "faltas muy graves" previstas en el convenio laboral consistentes en "deslealtad, fraude y abuso de confianza", "abandono de puesto de responsabilidad", "disminución voluntaria y continuada del rendimiento", así como "desobediencia a las órdenes dadas, abuso de confianza y trasgresión de la buena fe contractual".

La sentencia recoge que en juicio ha quedado acreditado que la empresa instaló en su lugar de trabajo una cámara "ocultando su ubicación y su existencia" con la que grabó al denunciando "durante la prestación de su servicio" pero también cuando se "quitaba la camisa correspondiente al uniforme para ponerse la ropa de calle".

En el juicio, ni el trabajador despedido ni otros que testificaron dijeron haber sido informados de la existencia de dicha cámara a pesar de haber estado en el centro de control sin percatarse de ella.

Por su parte, la empresa no aportó "a la parte demandante ni tampoco al Comité de empresa ni a las secciones sindicales, comunicación alguna poniendo en su conocimiento la instalación de dicha cámara, su finalidad, la posibilidad de grabación de imágenes y el uso que pudieran darse estas últimas".

El juez no ve acreditado que en el despido se vulnerase el derecho fundamental a la igualdad por edad alegado por el demandante "dado que otros trabajadores de mayor de edad no fueron despedidos" pero sí vulneración del derecho igualmente fundamental a la intimidad, por lo que en base al Estatuto de los Trabajadores, declara el despido nulo, ordena su readmisión y el pago de los salarios de tramitación.

Según explicó a Efe el abogado del demandante, Carlos Berlanga, el vigilante se encuentra ya reincorporado tras una sentencia "pionera en España" al señalar que la instalación de una cámara y la grabación de los trabajadores sin su conocimiento ni previa causa que lo justifique vulnera su derecho a la intimidad.

Anteriormente, un juzgado de Córdoba había anulado un despido también sustentado en una grabación de la empresa pero fue porque no admitió la misma como prueba.

En este caso sí ha sido admitida y tras analizar esta prueba, junto a otras, en el juicio, el juez ha considerado nulo el despido. EFE

jueves, 6 de septiembre de 2018

Dos detenidos tras robar un local de Montera armados con hachas


Dos detenidos tras robar un local de Montera armados con hachas

Fuente: EFE Madrid/5 SEP. 2018

La Policía Municipal ha detenido a dos hombres tras presuntamente perpetrar un robo enmascarados y armados con hachas en un local de la calle Montera el pasado 3 de septiembre.

Según informa la Policía Municipal, un vigilante de seguridad de un local de la calle Montera alertó a una patrulla que se encontraba en la zona sobre la medianoche del pasado lunes 3 de septiembre.

El vigilante manifestó que tras una ronda de comprobación, tres encapuchados vestidos con ropas negras, mochilas y con hachas en la mano salieron del establecimiento y le amenazaron con las armas.

Tras el aviso, los agentes iniciaron la búsqueda de estas personas por la zona y consiguieron localizar, en la confluencia de las calles de la Abada y Gran Vía, a dos hombres de unos treinta años que coincidían con la descripción dada por el vigilante.

Al registrar las mochilas que portaban estas personas los agentes encontraron dos ordenadores portátiles, inhibidores de frecuencia, múltiples cables y conexiones informáticas, un disco duro, varios destornilladores de grandes dimensiones, dos hachas de mano e información del local en el que supuestamente se cometió el robo.
Además, los agentes intervinieron un vehículo estacionado en los alrededores con el que sospechan que querían darse a la fuga, ya que tenían las llaves entre sus pertenencias.

Los hombres fueron detenidos por un presunto delito de robo con fuerza y amenazas y han sido puestos a disposición judicial.

martes, 4 de septiembre de 2018

Los vigilantes de Metro y Renfe, hartos de agresiones: "Nos pegan para divertirse"


Los vigilantes de Metro y Renfe, hartos de agresiones: "Nos pegan para divertirse"

Los trabajadores de seguridad privada del transporte público denuncian los golpes e insultos que reciben cada vez más a menudo. Les faltan medios y reconocimiento social

Fuente: elconfidencial.com/ Maria Zuil/04/09/2018

Hace dos semanas, Juan Fernández se disponía a cerrar la estación de Cercanías de Alcorcón Central como cada día mientras su compañero acababa de desalojar los andenes. Cuando estaba a punto de bajar la verja, un encapuchado se abalanzó sobre él con una barra de hierro, le propinó varios golpes por todo el cuerpo, se subió a una furgoneta y se fue.

Desde entonces, este vigilante de seguridad está de baja. El morado que todavía tiene en las costillas se ha sumado al histórico de agresiones que recita de carrerilla: “Una muñeca rota, dos puñaladas, un botellazo, palos, tirarme por las escaleras...”, cuenta el trabajador de aspecto corpulento pero que prefiere no salir en fotografías por miedo a represalias.

Con la crisis, las empresas han retirado las armas a los vigilantes y han recortado en personal

Junto a él asiente Daniel Alonso, también vigilante en Cercanías. “A mí una vez me clavaron un tenedor”, confiesa. “Cada vez va a peor, te puede tocar en cualquier momento. Puede ser que haya fiestas y la tomen contigo, o que estés un jueves tranquilo, te vengan cuatro grafiteros y te den una paliza”, añade Fernández.

Luis Maroto también es vigilante, pero del metro, y tampoco vio venir una de sus últimas agresiones: “Iba con una compañera que mandó levantarse del suelo a un grupo y me dieron una paliza a mí. Casi me matan, estaba desangrándome y la gente encima animando”.

Los vigilantes de seguridad privada de Renfe y Metro de Madrid denuncian que se encuentran cada vez más indefensos ante las agresiones de los pasajeros. Aunque siempre han estado presentes, en los últimos años han visto cómo los golpes e insultos se multiplicaban. “Las agresiones son continuas, hay alguna todos los fines de semana, pero de unos años a esta parte, muchísimo más”, explica Valle Sanz, delegada sindical de UGT y trabajadora de Metro. También ella ha sufrido agresiones. “Un pasajero me pegó un puñetazo y me rompió dos costillas. Porque había un inspector, y otro compañero, que si llego a estar sola no sé qué habría pasado... Y eso que era un domingo a las 10 de la mañana”.

Me encuentro que están golpeando las máquinas o robando y ¿qué hago, les tiro la defensa? ¿Les insulto a ver si les desmoralizo?

Denuncian que los recortes les han despojado de las herramientas de defensa o intimidación con las que minimizaban y evitaban las agresiones. Por ejemplo, desde hace tres años ya no llevan revólver, y parte del equipo de defensa deben costearlo de su propio bolsillo, como los guantes anticortes. “No es lo mismo entrar a una estación a oscuras, que no sabes lo que vas a encontrar, con un revólver que sin nada. Yo me he encontrado que están golpeando las máquinas o robando, y ¿qué hago, les tiro la defensa [porra]? ¿Les insulto a ver si les desmoralizo?”, se pregunta Fernández, que lleva 19 años trabajando en Renfe.

Profesionalizar el sector
Los sindicatos reclaman que se regule mejor su actividad de cara a la aprobación del futuro Reglamento de Seguridad Privada, un texto en trámite de alegaciones que pretende profesionalizar la actividad en todo el territorio y evitar el intrusismo. Entre otras propuestas, han pedido que se incluya que los vigilantes vayan siempre de dos en dos, como trabajan los agentes de policía, y poder así hacer frente a los grupos de borrachos o violentos con los que se encuentran a diario.

También piden que su equipación esté regulada y no quede al capricho de las distintas empresas para las que trabajan, al revés de lo que ocurre por ejemplo en Barcelona, donde los vigilantes del metro sí deben llevar obligatoriamente chalecos anticorte (para evitar agresiones con arma blanca). Con la crisis, apuntan CCOO y UGT, las empresas contratadas para ejercer el servicio de vigilancia, como Trablisa, Segurisa, Prosegur o Ariete, han ido recortando en personal y equipación para hacer sus ofertas más atractivas en los concursos públicos.


En el caso del metro, por ejemplo, la plantilla se ha reducido en un tercio en los últimos años, lo que obliga a los vigilantes a acudir solos cuando hay un aviso, o hacer la ruta sin un compañero en muchas ocasiones. Por eso, desde los sindicatos señalan también a las empresas públicas, que consideran deben asegurarse de que las condiciones de trabajo son dignas “porque al final en quien repercute es en los trabajadores”, señala Maroto. “Cogen la más barata y se desentienden, porque para ellos solo somos un número”.

Sin embargo, desde Metro aclaran que no han registrado un aumento de las agresiones a vigilantes más allá de lo que “por desgracia es habitual” y que en los contratos se establecen las condiciones que Metro necesita en materia de seguridad en cada momento, sancionando a la empresa contratada si las incumple. Desde Renfe sí reconocen un “ligero aumento” en las agresiones a sus vigilantes, debido sobre todo al crecimiento en el número de viajeros, que ha aumentado un 6% en el primer semestre de 2018 respecto al mismo periodo del año pasado. “Suele tratarse de pequeñas agresiones, no temas graves, sobre todo de gente que va sin billete, porque tienen que obligarles a bajar”, aclaran sobre los 43 incidentes que registraron en Madrid durante 2017.

Desprecio social
Los vigilantes de seguridad apuntan otra razón sobre el aumento de las agresiones: la pérdida de autoridad que a nivel legislativo y social han ido sufriendo paulatinamente con los años. Desde la ley Corcuera, que les quitó el rango de 'agente de la autoridad' en 1994, una agresión a un vigilante ya no se resuelve mediante un juicio penal, si no civil, como con cualquier otro ciudadano. “Un interventor, con una libreta en la mano, sí es un agente de la autoridad porque necesita poder pedir documentación para poner la multa”, se queja Fernández. “Pero yo, que soy el que se tiene que enfrentar a la gente que no lleva billete, al que se ha colado, no tengo ese rango”.

No somos una piñata a la que pueden pegar. ¡Como no tengo nada que hacer, voy a pegar al vigilante!

Denuncian además que al tratarse de un juicio civil, en el que la acusación suele ser recíproca entre vigilante y pasajero, los segundos suelen declararse insolventes y no pagan las indemnizaciones, mientras que a ellos les retienen el dinero de su nómina, lo que también repercute en más agresiones. “Han visto que sale gratis y han perdido el miedo”, señala Maroto.

“Gente buscando bronca siempre ha habido, pero era distinto. Ahora te llega un idiota y te insulta sobre tu aspecto físico y no pasa nada, porque no hay ninguna autoridad”, se lamenta Fernández. “La imagen general de la ciudadanía es que somos enemigos, te ven con uniforme y piensan que estamos aquí para pegar y coaccionar su libertad. Y estamos para proteger a la gente, no somos una piñata a la que pueden pegar. ¡Como no tengo nada que hacer, voy a pegar al vigilante!”.

“En Móstoles, los vigilantes tuvieron que salir corriendo durante las fiestas porque un grupo de gente iba detrás de ellos para pegarles. Eran parte de la fiesta”, añade Maroto. “Ahora, cuando ponen policías de refuerzo, ya no pasa ni media, ni se cuela nadie”, continúa.

Como ejemplo de la desconsideración que se tiene con su profesión, señalan un hecho ilustrativo. En los atentados de Atocha, los vigilantes de Renfe fueron los primeros en bajar a los andenes y atender a las víctimas. Sin embargo, fueron los últimos en ser condecorados, después de policías, bomberos y los miembros del Samur.

Juan muestra la cicatriz de otra agresión que sufrió hace unos años. (M. Z.)
Juan muestra la cicatriz de otra agresión que sufrió hace unos años. (M. Z.)
Además, señalan la incongruencia de que los cuerpos de seguridad busquen su colaboración, por ejemplo, cuando se ha intensificado la alerta terrorista, como pasó en 2015, cuando Policía y Guardia Civil se reunieron con empresas de seguridad privada para coordinarse en labores de vigilancia y prevención. “Seguimos ahora mismo en alerta 4 por terrorismo y seguimos yendo con lo puesto”, apunta Sanz, de UGT.

Denuncian también que sus empresas no cumplen con las horas de formación que deben hacer obligatoriamente, o que son del todo ineficientes. “La Ley de Seguridad nos manda que tenemos que tener 20 horas de formación, pero las empresas firman como que han recibido los cursos y no los reciben”, afirma Ángel García, del equipo de dirección del sector de seguridad de UGT.

En cuanto a las zonas más calientes de las agresiones, afirman que es algo generalizado en toda la red, pero en el metro se concentran más en el centro, mientras que en Renfe, donde más problemas encuentran es en las paradas del sur de Madrid. “Por no hablar de las custodias, donde se guardan los trenes, ahí estamos completamente solos toda la noche. Si te dan un palo, o te caes por las escaleras, hasta por la mañana que va el relevo no se entera nadie”, añade Daniel Alonso. “El día que maten a alguien, igual se plantean ponernos algo”, reflexiona Fernández. “Que parece que con la camisa ya podemos parar las balas”.