Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de Septiembre de 2011, en reclamación por horas extras frente a Eulen Seguridad, incluye en el cálculo para determinar el valor de la hora extraordinaria todos los complementos a excepción de los pluses de transporte y vestuario, el Tribunal concluye que en la determinación del valor de la hora ordinaria ha de dividirse el salario total anual con inclusión de todos los complementos salariales entre el número de horas realizadas. Resulta llamativo la diferencia entre lo aceptado por el Juzgado de lo Social nº 35 y lo reconocido por el Tribunal Superior al estimar el recurso presentado por los trabajadores.
Juzgado 35 | Tribunal Superior |
Justino 340,59 € | 844,87 € |
Rogelio 105,01 € | 6319,35 € |
Luis Manuel 00,00 € | 1699,40 € |