Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 5 de Octubre de 2011, en reclamación por despido de Operador CRA frente a Eulen Seguridad, el Tribunal confirma la sentencia dictada el 16 de Noviembre de 2010 por el Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid que declaró improcedente el despido del trabajador, condenando a la empresa a la readmisión o al abono de 15.380,22 euros, más los salarios de tramitación devengados desde el despido 28-6-2010 hasta la fecha de notificación de esta sentencia a razón de 45,98 euros día. El Tribunal entiende que “En el comportamiento del actor concurren circunstancias atenuantes como la provocación previa e inmediata de su compañero de trabajo que produjo en el actor una alteración de ánimo perturbadora de su serenidad, sin que pueda determinarse un desplazamiento de la responsabilidad hacia el trabajador que no inició ni provocó el incidente. Su compañero de trabajo, Roberto , había sido reprendido en varias ocasiones por el demandante cuando éste ocupaba el puesto de responsable, lo que evidencia su probable ánimo de revancha; es incomprensible su conducta de querer realizar una fotocopia del juego de Sodoku cuando el responsable de turno y superior le manifiesta que olvide la idea y que el daría cuenta al jefe de salas, como también lo es que se lanzase al cuello del actor, porque este quiera coger el documento, que no fue repelida por el mismo, pues intenta soltarse y su compañero Roberto le lanzó un puñetazo, siendo separados por el responsable de zona, pasándose posteriormente a insultarse. Las expresiones proferidas han de ser incardinadas en una situación de gran tensión en la que ha quedado demostrado que el actor sufre una doble agresión. Por lo expuesto se desestima el motivo y el recurso.”
No se explica como, si el agredido fue el trabajador despedido, la empresa no emprendió ningún tipo de acción contra el trabajador agresor, salvo que éste actuase de títere de la empresa para provocar al trabajador agredido y ante su respuesta justificar un despido.
El trabajador, en todo momento, fue asistido en su defensa por el abogado de CCOO, Alberto Mansino.