La Audiencia
Nacional vuelve a condenar a la empresa Esabe Vigilancia, s.a. a aplicar el convenio colectivo
estatal de empresas de seguridad, y declara el derecho de todos los
trabajadores de la misma a percibir la paga de beneficios del año 2011, más el
10% de interés por mora.
Esta sentencia
declara el derecho de todos los trabajadores a percibir el importe de la paga
de beneficios de 2011 más el 10% de interés por mora, todo ello en el ánimo de
evitar en la medida de lo posible la interposición de demandas individuales que
muchos trabajadores no efectúan y que al tiempo saturan nuestras asesorías
jurídicas.
Igual que la de
21 de Junio de 2012, se trata de una de las primeras sentencias en las que por
vía de conflicto colectivo y con base a la nueva posibilidad establecida en la
Ley Reguladora de la Jurisdicción Social se plantea la posibilidad de la
ejecución de una sentencia de conflicto colectivo con efectos respecto al
colectivo de trabajadores afectados por la misma. Esta sentencia aún no es
firme pues contra la misma cabe la posibilidad de interponer Recurso de
Casación al Tribunal Supremo por lo que habrá que esperar a esa firmeza para
poder plantear la ejecución que comentamos.
Fuente: CCOO - Federación Estatal Actividades Diversas