La
Ciudad aún no ha pagado la indemnización por la muerte de un vigilante en
Parques de Ceuta
Fuente:
elfarodigital.es - Domingo, 07 de Julio de 2013
, Carmen Echarri
La
Ciudad aún no ha abonado la parte de la indemnización que le corresponde
entregar a la familia del vigilante de seguridad que falleció en enero de 2003,
tras caerle un muro encima de la caseta de obra en la que se encontraba, en la
barriada Parques de Ceuta. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ya
ratificó, en septiembre del año pasado, la firmeza de la sentencia condenatoria
que dictara en su día el juzgado de lo Contencioso. En base a la misma, se
fijaba una indemnización a la que debían hacer frente las tres partes
representadas por la Ciudad, Emvicesa y una empresa de seguridad.
Pues
bien, después de superarse múltiples trámites legales plagados de recursos y
resoluciones, ya se han agotado todas las vías posibles y todas las partes han
tenido que hacer frente a la indemnización señalada por la justicia. Todas
menos una, la Ciudad, que tras ser apercibida en varios plazos distintos, aún
no ha hecho el pago efectivo del montante económico al que se le condenó.
Este
vacío de acción ha llevado a que el pasado 7 de junio se le requiriera de forma
oficial para que designe los bienes que serán embargados, toda vez que se han
pasado los plazos de comunicación y se ha dado la callada por respuesta. ¿Y
cuáles han sido? Todos los que establece la ley de forma rigurosa. Desde que el
21 de septiembre de 2012 llega la sentencia del TSJA, dando la razón a la
demanda de la familia del fallecido, empieza a correr la lista de los distintos
cumplimientos que debían haberse acatado y no se hicieron. La firmeza de la
sentencia se notifica el 22 de enero de este año y transcurridos los tres meses
se solicitó su ejecución, dando de plazo veinte días a la Ciudad para que
llevara a efecto la parte económica por la que se le condena. Así se ha llegado
hasta el pasado 7 de junio, periodo en el que, viendo que la administración
condenada no responde, se procede a requerirle que señale los bienes
susceptibles de embargo, con la carga de intereses correspondientes y
aplicables desde el periodo en el que, siendo firme la sentencia, no se acató.
La
indemnización fijada en el dictamen judicial se estableció a modo de
responsabilidad civil a favor de la viuda y los dos hijos que dejó el joven
P.A.E., que murió a los 32 años de edad.
Diez
años después de uno de los accidentes más dramáticos de los registrados en
Ceuta, sigue sin acatarse la orden judicial. El vigilante falleció en la mañana
del 21 de enero de 2003, aplastado por el desplome de un muro sobre la caseta
de obra en la que prestaba sus labores de vigilancia.
Accidente al que hace referencia este proceso judicial. Así quedó la caseta de obra.
Trabajaba
de vigilante en una obra que llevaba meses parada. En una mañana de fuerte
viento de Poniente, el muro cedió y cayó en bloque sobre la caseta en donde
justo acababa de entrar el fallecido. La Ciudad se defendía, tan sólo 24 horas
después en una rueda de prensa, argumentando que se trataba de un accidente
fortuito, vinculado al fuerte viento que reinaba aquella jornada. Judicializado
el caso, y sin que pudiera establecerse una carga penal sobre las partes
denunciadas, la vía Civil fue bien clara, condenando a Emvicesa, Ciudad y
empresa de seguridad a abonar una indemnización a los familiares directos de la
víctima. Emvicesa y la Ciudad tenían que abonar el 80% del dinero, mientras que
la empresa de seguridad era condenada a pagar el 20%. Emvicesa fue la única de
las tres partes que abonó su parte en el plazo establecido por ley.
Los
intereses que pagamos todos
Las
sentencias condenatorias contra las administraciones públicas recaen
directamente sobre el ciudadano. Si no existe una celeridad debida a la hora de
hacer frente al coste derivado de las condenas, empieza a correr la cuenta de
los intereses con lo que, al final, según el tiempo transcurrido las
indemnizaciones terminan siendo mucho más elevadas, provocando que las arcas
municipales que se nutren de los impuestos de todos tengan que hacer frente a
este tipo de dejaciones. En el caso de marras, la administración se enfrenta a
un paso del tiempo que luego se traducirá en el cobro de mayor volumen
económico. Además, a esto se añade el caso en cuestión, que tiene que ver con
la muerte dramática de un trabajador que perdió su vida por un accidente
marcado por un cúmulo elevado de circunstancias.
Nota del Blog:
Conforme a la sentencia a la que ha tenido
acceso este blog, la empresa de seguridad, Prosegur Compañía de Seguridad, no hizo lo que le correspondía en orden a una
concreta evaluación del riesgo concreto que soportaba el vigilante de seguridad
para lo que tuvo que coordinarse con EMVICESA. La empresa fue sancionada por
actuación de la Inspección de Trabajo por no haber realizado la coordinación de
actividades empresariales, establecida en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales, con EMVICESA en el servicio de seguridad del lugar donde ocurrió el
accidente.