Fuente: Elaborado por CCOO Vinsa – 20 Mayo
2015
La
Agencia Española de
Protección de Datos ha garantizado, con fecha 12 de Marzo de 2015, el derecho
de una vigilante de seguridad del Aeropuerto de Madrid Barajas a que la empresa
de seguridad a la que pertenece borre de su base de datos su número de
teléfono.
La
Agencia que garantiza y tutela el
derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal de los
ciudadanos, obliga a la empresa SEGURISA a que no figure el número de teléfono
de la trabajadora en ningún documento o fichero de la entidad.
La
resolución es fruto de la
denuncia efectuada por la trabajadora, vigilante de seguridad, tras hacer caso
omiso la empresa de la solicitud expresa realizada por su empleada para que
eliminase de su archivos su número de teléfono personal, dado que se la molestaba
continuamente con cuestiones relacionadas con su puesto de trabajo y de
carácter laboral.
La
autoridad estatal requiere
a la empresa SEGURISA para que atienda el derecho a la cancelación de datos
personales enviando certificado a la trabajadora de que ha cumplido con lo
solicitado, o en caso contrario podría incurrir en una de las infracciones
previstas en el Art. 44 de la LOPD.