Fuente: CCOO Granada – Elaborado por CCOO
Ilunion Seguridad Madrid – 7 de Enero de 2016
La
Inspección Provincial de
Trabajo y Seguridad Social de Granada ha iniciado procedimiento sancionador en
materia de prevención de riesgos laborales contra la empresa Ilunion Seguridad
( antigua Vinsa ) en el centro de trabajo Aeropuerto de Granada.
El mencionado procedimiento se inicia tras la denuncia
interpuesta por el Comité de Empresa de Ilunion Seguridad en el Aeropuerto de
Granada, por las condiciones de
organización del tiempo de trabajo y su relación con condiciones de exposición
de los trabajadores a riesgos de naturaleza psicosocial.
La Inspección de Trabajo, tras la comprobación de las medidas
adoptadas por la empresa fruto de requerimientos anteriores, concluye que Ilunion
Seguridad viene adoptando decisiones y medidas organizativas en materia de
tiempo de trabajo, que bien por incumplimientos varios relativos a la jornada y
tiempo de trabajo o bien por falta de previsión o adopción de otras medidas de
tipo organizativo están generando condiciones de exposición a factores de
naturaleza psicosocial valorados como NOCIVOS
o MUY ELEVADOS sin que hasta la
fecha haya implantado medidas correctoras eficaces.
1.- Formula
requerimiento a la empresa para que proceda a dar cumplimiento a las
disposiciones normativas y convencionales ( recogidas en el Convenio de Ilunion
Seguridad ) en materia de tiempo de trabajo.
2º.- Formula
requerimiento a la empresa para que proceda a implantar medidas preventivas
y correctoras para mejorar las condiciones de exposición de los trabajadores
vigilantes del Aeropuerto de Granada a factores estresantes relacionados con la
organización del tiempo de trabajo.
3º.- Inicia
procedimiento sancionador en materia de prevención de riesgos laborales.
Cabe destacar la labor desarrollada por la representación de los
trabajadores en el Aeropuerto de Granada ( con representación de CCOO ) a la
hora de mejorar las condiciones de trabajo de los vigilantes, exigiendo que se
cumplan tanto las normas de prevención de riesgos como aquellas otras que están
recogidas en el propio Convenio Colectivo de Ilunion, y que la empresa (
firmante del mismo ) parece desconocer.
Igualmente no hay que olvidar y criticar con firmeza la lentitud generalizada
en las actuaciones de la Inspección de Trabajo que facilita a las empresas, en
este caso concreto Ilunion, incumplimientos sostenidos en el tiempo y que los
trabajadores continúen sometidos a condiciones que afectan a su salud presente
y futura y a la imposibilidad de conciliar positivamente su vida laboral y
familiar.
De la
misma forma queremos criticar
la actitud de Aena ( el cliente ) que a pesar de tener contemplado en sus
pliegos de condiciones, a la hora de contratar a una empresa de seguridad, el
cumplimiento de la legislación en materia de prevención de riesgos laborales, y
teniendo en cuenta su responsabilidad en la coordinación de la actividad
empresarial en materia de prevención de riesgos en su centros de trabajo, siga
permitiendo este tipo de incumplimientos.
Por
último señalar que de la
resolución de la Inspección de Trabajo se ha dado traslado por parte de la
Secretaria Provincial de CCOO Construcción
y Servicios tanto al Ministerio de Fomento como a la Subdelegación del
Gobierno y Comité Local de Aena.