lunes, 25 de junio de 2012

Tribunales / Plus Peligrosidad en 15 mensualidades


Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de Mayo de 2012, en reclamación de derecho y cantidad  frente a Segur Ibérica,los trabajadores reclaman que se les siga abonando la cuantía correspondiente al Plus de Peligrosidad en las 15 Pagas conforme lo venían percibiendo en la empresa de la que procedían, ESABE, y no como se lo empezó a pagar Segur Ibérica a partir de la subrogación ( en 11 mensualidades prorrateando vacaciones y pagas extras ).
El Tribunal confirma la sentencia del Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid que dió la razón a lo trabajadores basando su decisión en la aplicación del Art. 14 del Convenio ( Subrogación ) “Tal decisión empresarial contraviene lo dispuesto en el artículo 14 del Convenio Colectivo , precepto encargado de regular el mecanismo subrogatorio, y que impone a la empresa entrante la obligación de respetar todos y cada uno de los derechos que los trabajadores vinieran detentando. Razón por la que si los actores venían percibiendo dicho concepto retributivo en quince mensualidades, así debería haber sido abonado por la demandada, salvo que concurrieran causas económicas, técnicas u organizativas que aconsejaran la variación del sistema retributiva de los mismos. Circunstancias que no fueron alegadas en el momento de proceder a tal variación. Por lo que tal decisión empresarial debe ser considerada como una variación de la condiciones de trabajo de los actores injustificada, y por ello, la demandada debe quedar obligada a restituirles en el anterior sistema de abono del plus de peligrosidad.”