Sentencia
del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 16 de Mayo de 2012 en
reclamación de DERECHOS frente a Vigilancia Integrada ( VINSA ), el
Tribunal confirma la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Pontevedra de
16 de Julio de 2008, en la que se reconocía a dos Vigilantes el derecho a no
ver modificados sus horarios y turnos de trabajo, así como a mantener el derecho al prorrateo mensual de las pagas
extras y en el caso de uno de ellos, el
derecho a seguir realizando las funciones de responsable de equipo. Vinsa
había dejado de cumplir con estas condiciones desde que los trabajadores fueron
subrogados procedentes de la empresa CETSSA.
El
Tribunal rechaza los argumentos de Vinsa en cuanto a la infracción del Art. 44
del Estatuto de los Trabajadores y vulneración de los Arts. 14, 71 y 73 del
Convenio Colectivo.
Así
mismo estima como ajustada a derecho la
indemnización de 90,00 € que estableció el Juzgado de lo Social por cada
mes que la empresa no reponga a los
trabajadores en su régimen de jornada y turnos.