Un
imputado en Ávila por ejercer de vigilante de seguridad sin estar habilitado
La
Comandancia de la Guardia Civil de Ávila ha imputado a una persona por ejercer
labores de Vigilancia de Seguridad sin estar habilitado
El Código Penal lo recoge
esta acción como Delito de Intrusismo, y la Ley de Seguridad Privada impone
fuertes sanciones de 30.000 a 600.000 euros a empresas que contratan y
particulares que ejercen esa labor.
Fuente:
tribunaavila.com - 07.08.2015
A
finales de mes de julio, se detecta por parte de la Guardia Civil la
instalación de cartel alusivo a la prestación de seguridad en un recinto en
construcción. Esta clase de conductas, realizada habitualmente por determinados
colectivos, colocan carteles en zonas visibles, haciendo alusión al tipo “OBRA CON VIGILANTE PATRIARCA XXX CONTROL 24
HORAS”.
Teniendo
conocimiento que esta clase de actuaciones pueden conllevar una serie de
supuestos Delitos de Coacciones, Amenazas, Usurpación de Funciones Públicas o
Intrusismo, y desde luego infringir la Ley 5/2014, de 04-04-2014 de Seguridad
Privada, se procede por parte de la Unidad de Policía Judicial de la
Comandancia a realizar una investigación, comprobándose en días sucesivos que
la persona detenida realizaba en dicho establecimiento de forma muy ocasional
funciones de vigilancia dentro y fuera de la obra.
Habitualmente
las empresas constructoras, para evitar situaciones de otro tipo, y al tener
maquinaria y efectos de valor en la obra, se ven presionadas a contratar esta
clase de servicios como “Vigilante de Seguridad”, a sabiendas de su ilegalidad.
Es
importante recordar que para realizar esta clase de actividades se debe cumplir
unos requisitos y obtener previamente la correspondiente habilitación del
Ministerio del Interior con unos condicionantes, entre los que se encuentran,
uniformidad, identificación, cursos específicos oficial, y examen de
habilitación. la supervisión y control de esta clase de actividades vienen
recogidas en la Ley 5/2014, de 04-04-2014 de Seguridad Privada, cuya
competencia de control se realiza por parte del Cuerpo Nacional de Policía en
Vigilantes de Seguridad, y por parte de la Guardia Civil a la especialidad de
Guardas Rurales.
Desde
la Guardia Civil se recuerda a los
empresarios que estas actividades ilegales pueden ser cometidas también por
éstos, marcando la referida Ley una serie de conductas que pueden ser
sancionadas y que pueden oscilar de 30.000 a 600.000 euros, como el art. 57.1.b
“La contratación o utilización, en servicios de seguridad privada de personas
que carezcan de la habilitación o acreditación correspondiente” entre otros, por lo que se recomienda que
cuando tengan conocimiento de esta clase de actividad e intrusismo, lo pongan
en conocimiento de las autoridades citadas.