Sentencia de la
Sala de lo Social del Tribunal Supremo de
14 de Mayo de 2014 por la que se anula el acuerdo, de 21 de Junio
de 2012, alcanzado en el período de consultas, promovido por FALCON, para
proceder al Descuelgue del Convenio Colectivo Estatal de empresas de seguridad.
El Alto Tribunal confirma la Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia
Nacional de 16 de Noviembre de 2012 que determinó que no había quedado
acreditado que los firmantes del acuerdo de descuelgue representen a la mayoría
de los representantes unitarios de los trabajadores, ya que el mismo fue
suscrito por 27 delegados debidamente acreditados por la representación
de UGT y CIG de un total de 67 delegados elegidos en el conjunto de
la empresa, y que anuló el acuerdo alcanzado.
Con
esta sentencia la
Empresa Falcon debe abonar por todo este período las diferencias entre lo que
efectivamente ha abonado hasta la fecha y lo que procedía en cumplimiento del
Convenio Colectivo Sectorial, además de proceder a abonar ya con normalidad lo
dispuesto en la norma sectorial.