Sentencia
de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 22 de Septiembre de 2016, en
proceso de impugnación de Convenio Colectivo contra Grupo Control Empresa de
Seguridad.
Elaborado
por CCOO Ilunion Madrid, 18 de Octubre de 2016
La sentencia
confirma la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en Mayo de
2015 que declaraba la inaplicación de los artículos 18 , 22 , 41 , 41 bis ,45 y
71 del Convenio Colectivo publicado en el BOCAM de 25 de octubre de 2014 de la
empresa GRUPO CONTROL SEGURIDAD S.A. para Madrid con vigencia desde el 1 de
enero de 2014 al 31 de diciembre de 2017 que concurren con el Convenio Estatal
de Empresas de Seguridad.
Los trabajadores pueden
reclamar las diferencias salariales entre el Convenio de Grupo Control y el del
Sector.