El rey
de la seguridad destronado
El presidente de Las Palmas y
propietario del Grupo Ralons, Miguel Ángel Ramírez, aplica en sus empresas
Convenios Colectivos que han sido declarados nulos por la Audiencia Nacional y
el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
La ministra de Empleo, Fátima
Báñez, se ha visto obligada a impugnar el Convenio de la empresa Marsegur que
ella misma autorizaba en el Boletín Oficial del Estado meses antes.
Fuente: extraconfidencial.com/ DOINEL CASTRO/Agosto
28, 2017
El 25
de junio de 2014, el Estadio de Gran Canaria vivía uno de los momentos más
caóticos de la historia del fútbol español moderno. La Unión Deportiva Las
Palmas acariciaba el ascenso a Primera División, 12 años después, y sus
aficionados, incapaces de esperar a los tres pitidos de clausura del trencilla
murciano, se descolgaban de las gradas hacia el terreno de juego para
entorpecer la práctica del fútbol y acelerar un trámite al que le quedaban
escasos minutos.
Debido
a la algarabía desmedida que reinaba en el campo, el colegiado se vio obligado
a suspender el encuentro ya que alrededor del verdín se seguían amontonando
seguidores canarios en un evidente problema de la seguridad que debía velar por
el control del encuentro.
Una vez
reanudado el partido, el Córdoba empataba en el minuto 92 echando por tierra el
sueño insular y dejando una penosa y patética imagen de las medidas de
seguridad adoptadas por la empresa que opera en el estadio.
El
presidente de la UD Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez, tuvo que salir al paso
por las críticas que le afectaban por las dos caras de la moneda. Primero, por
su propia condición de presidente del club damnificado y, segundo, por ser
dueño de la empresa de seguridad contratada en el recinto deportivo.
Y es
que el polémico empresario canario es apodado el “rey de la seguridad” por ser
propietario del Grupo Ralons, empresa muy diversificada presente en sectores
económicos dispares como la vigilancia, el transporte de fondos y el monitoreo
de alarmas a través de Seguridad Integral Canaria, la limpieza a través de
Ralons Servicios o la gestión de escuelas infantiles con Ralons Schools.
El
Grupo factura más de 100 millones de euros anuales, cuenta con cerca de 4.000
trabajadores y tiene delegaciones en todas las Islas Canarias, así como en
Madrid, San Lorenzo del Escorial, Segovia, Burgos, Sevilla y Palma de Mallorca.
En casa del herrero, cuchillo de palo.
Varapalos
de la Justicia y de la Administración
La
mercantil Marsegur es una empresa dedicada a la seguridad privada con implantación
en todo el territorio nacional. Su propietario no es otro que Miguel Ángel
Ramírez. El martes 10 de marzo de 2015, el Boletín Oficial del Estado publicaba
la resolución de 2 de marzo de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo de Marsegur Seguridad Privada
SA. Conviene destacar la importancia de este acuerdo que afecta a un total de
450 trabajadores de centros de trabajo situados en las provincias de Barcelona
(30 trabajadores), Madrid (304 trabajadores), Las Palmas (96 trabajadores) y
Santa Cruz de Tenerife (20 trabajadores). Un Convenio con vigencia desde el 1
de noviembre de 2014 hasta el 30 de octubre de 2014, pero como bien se indica
en su artículo octavo, “se entenderá automáticamente prorrogado, a todos los
efectos, por años naturales si no mediara denuncia por cualquiera de las
partes, salvo en la materias específicas que cuenten con vigencias diferentes
el 30 de octubre de 2024. La denuncia deberá ser efectuada con una antelación
no inferior a dos meses a la fecha de su vencimiento o del de cualquiera de sus
prorrogas”.
No una,
sino tres veces se ha pronunciado la Justicia con respecto a este acuerdo. Dos
de ellas por parte de la Audiencia Nacional y una tercera por parte del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Y en todas ellas los intereses de
Marsegur han salido malparados. De este modo, el 11 de mayo de 2016, la
Audiencia Nacional declaraba nulo el Convenio Colectivo de la empresa Marsegur
Seguridad Privada. Entre otros motivos, se consideró que se había excedido la
capacidad negocial de los delegados de personal, quebrantando el principio de
correspondencia representativa.
En
abril del presente curso, la Dirección General de Empleo del Ministerio de
Empleo y Seguridad Social de Fátima Báñez impugnaba los Convenios de Marsegur,
una demanda a la que se sumaban los sindicatos de Comisiones Obreras (CCOO),
Unión General de Trabajadores (UGT), Unión Sindical Obrera (USO), Sindicato de
Trabajadores de Seguridad y Servicios (STS) y Sindicato Nacional de
Trabajadores (SNT).
En el
otro bando se encuentran la empresa, el Sindicato de Trabajadores Unidos (STU),
la Central Sindical Obrera Independiente (CSOI), y el Sindicato por
independientes quienes realizan un nuevo Convenio Colectivo amparándose en el
40% de representatividad que ostentan pero que “carece de la legitimación plena
exigida por el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores para iniciar el
proceso de elaboración de un Convenio colectivo de eficacia general”, tal y
como indica la Audiencia Nacional.
Por
todo ello, el 5 de mayo de 2017 la Audiencia Nacional volvía a establecer que
el Convenio Colectivo de la empresa propiedad de Miguel Ángel Ramírez era
contrario a derecho por no reunir los requisitos de legitimación establecidos
en los artículos 87, 88 y 89 del Estatuto de los Trabajadores.
Por
este motivo, se condena a Marsegur “a hacer frente a una sanción pecuniaria de
6.000 euros y a abonar los honorarios de los letrados de quienes han
intervenido como parte demandante, hasta un máximo de 600 euros por cada
uno”.
La
Justicia española viene a decir con sus sentencias, apuntando a los artículos
incumplidos por el Convenio colectivo, que Marsegur no respeta ni la
legitimación de la representación de los trabajadores, ni la constitución de la
comisión negociadora, ni la tramitación, aplicación e interpretación de los
acuerdos entre empresa y trabajadores.
De este
modo, atendiendo al Estatuto de Trabajadores, los empleados de esta sociedad no
están “legitimados para negociar en los convenios de empresa y de ámbito
inferior”; la comisión negociadora no está válidamente constituida por no
representar “como mínimo a la mayoría absoluta de los miembros de los comités
de empresa y delegados de personal, en su caso, y a empresarios que ocupen a la
mayoría de los trabajadores afectados por el convenio”; y no existe “buena fe”
entre las partes.
Concesión
de licencias de armas de manera poco ortodoxa y la no realización en tiempo y
forma de los ejercicios de tiro obligatorios
En el
Convenio colectivo se establece que con el carácter de salarios personales
anuales mínimos y máximos, respectivamente, las partes acuerdan fijar los
importes brutos anuales por categoría profesional.
Así los
vigilantes de seguridad tendrán un salario mínimo de 11.637 euros (969,75 euros
mensuales) y de 12.320 euros (1.026,6 euros mensuales). Sin embargo, la tabla
salarial muestra como un vigilante de seguridad tendría un salario base de 726
euros, que pasarían a ser 789 euros con complementos.
Los
salarios de los más de 500 mujeres y hombres que prestan su servicio para el
Ministerio de Defensa de María Dolores de Cospedal se han visto mermados en más
de un 40% de un mes para otro y sus bases de cotización se han reducido en casi
un 50%, ello es debido a que la empresa Marsegur sigue aplicando este Convenio
colectivo que ha sido declarado nulo.
Todos
estos motivos que quedan perfectamente descritos en la petición registrada en
change.org y en la que se solicita que el Ministerio de Defensa cancele el
contrato a Marsegur. Un contrato que “desde su inicio ha estado en una
situación complicada, en primer lugar fue impugnado, se presentaron al
Ministerio las firmas de los VS que trabajan en los diferentes centros
exponiendo el riesgo laboral y salarial, pero finalmente fue adjudicado”.
Además
también se dice del Convenio que fue realizado “de una manera muy inestable,
sin la entrega del material, vestuario y dotación reglamentaria, se practicó
una cesión de armas, munición y armeros de una manera precipitada e inusual, aunque
aparentemente legal, no obstante en dos meses dicha empresa no ha sido capaz de
formalizar dicha cesión y se ha vuelto a prorrogar”.
En
estos dos meses de servicio también se destaca que los descubiertos en
diferentes servicios son habituales, que se han clausurado armeros, se han
concedido licencias de armas de manera poco ortodoxa, no se han realizado en
tiempo y forma los ejercicios de tiro obligatorios, no existen Planes de
Riesgos Laborales, de Riesgos Específicos de Los Centros ni Órdenes de Puesto,
en algunos centros no están disponibles ni los vehículos, ni la formación en
materia terrorista, ni las nuevas tecnologías.