ARGUMENTA QUE PUEDE ADAPTAR SU
TRABAJO
Un juez
obliga a una mujer con dos cánceres de mama a trabajar de vigilante de
seguridad
La mujer, de 47 años, ha
sufrido varias operaciones, tratamientos de quimioterapia, tiene un brazo en
cabestrillo, toma fármacos para reducir el trastorno depresivo y visita al
psiquiatra cada dos meses
Fuente:
elconfidencial.com - ROBERTO R. BALLESTEROS - 21.10.2017
Soledad
C. T. tuvo un cáncer de mama en 2010. El tratamiento de quimioterapia y la
operación quirúrgica la dejaron sin pecho derecho. Tres años más tarde, la
mujer presentó un nuevo tumor en su otra mama, que provocó una nueva
intervención y otra mastectomía que le quitó el izquierdo. Ambos pechos fueron
reconstruidos mediante cirugía, pero la mujer también presentó un
"linfedema bilateral" que le afectó a los dedos de las dos manos.
Especialmente mal quedó el brazo izquierdo, que aún hoy tiene que ser tratado
ortopédicamente con una manga especializada.
Todos
estos procesos generaron en la mujer un "trastorno adaptativo con
sintomatología ansioso depresiva" que todavía dura en la actualidad.
Soledad tiene que tomar fármacos periódicamente para mermar los efectos de esta
patología y acude cada dos meses a la consulta del psiquiatra con el fin de
mejorar su capacidad para relacionarse con el resto del mundo, una competencia
que perdió precisamente como consecuencias de los padecimientos que ha sufrido.
En este
contexto, la mujer pidió al Instituto Nacional de la Seguridad Social que le
concediera la incapacidad al menos para desempeñar su profesión habitual, que
es la de vigilante de seguridad en los juzgados de Madrid. Sin embargo, el
organismo rechazó la solicitud de Soledad. Argumentó que la paciente "no
presentaba reducciones anatómicas o funcionales que disminuyeran a anularan su
capacidad laboral". El dictamen previo constataba la existencia de
"un cuadro clínico residual consistente en trastorno adaptativo con
sintomatología ansioso depresiva, carcinoma intraductal de mama derecha e
infiltrante en mama izquierda".
La
mujer recurrió la resolución administrativa ante los tribunales. Sin embargo,
tampoco estos le dieron la razón. El titular del Juzgado de lo Social número 34
de Madrid, Antonio S. G., entendió el pasado junio que Soledad tiene que
reincorporarse a su puesto de vigilante de seguridad en los tribunales de
Madrid, cosa que ocurrirá la próxima semana. "De acuerdo con los informes
de valoración de incapacidad temporal, no desvirtuados de contrario, la actora
se halla limitada para actividades de esfuerzo y sobrecargas mecánicas",
reconoce la sentencia, que añade incluso los peligros que puede conllevar la
práctica de determinadas actividades por parte de la paciente.
Entre
estos últimos, la resolución admite el "riesgo de traumatismos
incisos" o la amenaza que supone para la mujer la "proximidad a
fuentes de calor". Estos "requerimientos funcionales", sin
embargo, según entiende el juez, "no forman parte de las tareas
fundamentales del oficio de la demandante". "De formar parte de un
puesto de trabajo concreto son evitables mediante la correspondiente adaptación
o cambio" de destino, considera el magistrado, que añade otros problemas
que tiene la mujer y que a su juicio son salvables.
"A
consecuencia del trastorno psicológico padecido, que no es grave, podría
adicionarse que se halla limitada para trabajos de relación con el público y
que conlleven exigencias importantes de concentración y atención; así como para
trabajos de riesgo, en altura o con conducción, incluyendo servicios de
armas", relata la sentencia judicial, que añade que incluso estos extremos
son superables. "En cualquiera de los casos tampoco estos requerimientos
son fundamentales en el oficio de la demandante, que podría desarrollar servicios
sin armas", apunta el magistrado.
Los
únicos oficios "para los que podría determinar incapacidad serían aquellos
con requerimientos de sobrecarga de los miembros superiores por esfuerzos
intensos o continuados sin necesidad de que sean muy importantes, de flexoextensión
de los mismos, carga de pesos; es decir, trabajos esencialmente manuales"
y que, según el titular del Juzgado de lo Social número 34, "no pueden
predicarse del oficio de la demandante".
Soledad
se incorporará mañana y sus compañeros la esperan con sorpresa. Consideran que
es "una barbaridad" que la mujer vuelva a trabajar, ya que saben de
qué va su actividad, que pueden encontrarse a gente muy nerviosa en los
tribunales, que se enfrentan cada día a personas que pretenden introducir armas
en los juzgados, que estos son un punto de conflictividad con enfrentamientos
habituales sea cual sea el puesto que ocupes dentro de los diferentes destinos.