El pasado día 13 de Enero se ha hecho público el IPC correspondiente al año 2011, ya va siendo hora de que la Comisión Paritaria del Convenio , de la que forman parte UGT y USO, se reuna para proceder a la actualización de las tablas salariales para el año 2012.
Artículo 73. Cuantía de las retribuciones.
Las cuantías de las retribuciones y sus conceptos, aplicables durante los años 2009, 2010 y 2011, para las distintas categorías, son las que figuran tanto en el articulado como en las tablas del Anexo salarial del presente Convenio Colectivo.
Para el año 2012, todos los importes económicos de este convenio colectivo se actualizarán en función del I.P.C. real de 2011, más la diferencia resultante entre el I.P.C. real correspondiente al año 2010 y el 1%.
Para realizar los incrementos previstos, ambas partes acuerdan reunirse a través de la Comisión Paritaria de seguimiento del Convenio, tan pronto sea conocido el I.P.C. real correspondiente a 2011 para determinar las retribuciones del año 2012, así como la distribución y la confección de las tablas.