Parece ser que desde
que empezó la crisis, cada vez es más frecuente la modalidad de irse sin abonar
la cuenta de un bar o restaurante, más conocida como hacer un 'sinpa' (es una contracción de 'sin
pagar') en jerga. Si trasladamos esta modalidad a la actitud de Aproser en los
últimos tres años de incumplir lo pactado, podemos afirmar con rotundidad que
son los reyes del 'sinpa'.
La última en salir corriendo sin
pagar la cuenta, la ha protagonizado
Aproser el pasado viernes durante una reunión de la Comisión Paritaria del
Convenio Sectorial, pocas horas antes de que expirase el plazo de suspensión, 15 de Febrero, dado por UGT y
USO, para la entrada en vigor del incremento salarial pactado para el 2014.
En esa reunión,
APROSER presentó un escrito en el sentido de solicitar la renegociación de las
condiciones económicas y laborales contenidas en el Convenio.
Ante esa petición, por
la parte social se ha mantenido que ante
la inexistencia de acuerdo que sustituya al anterior han de ser de aplicación
las Tablas Salariales fijadas en el Convenio para este año 2014.
A renglón seguido,
Aproser ha presentado una solicitud de mediación ante el Servicio de Mediación
y Arbitraje ( SIMA ) para resolver a su favor esta situación, para, en caso de
desacuerdo, proceder a la interposición de un Conflicto Colectivo que
paralizaría el abono a los trabajadores de las cantidades que ya se adeudan de
los meses de Enero y Febrero, y las que se generen a lo largo del 2014, ganando
tiempo para seguir con sus descuelgues, modificación de condiciones y convenios
de empresa.
Todo un 'sinpa' según la modalidad al uso, pero con una diferencia, cuando alguien
se hace un 'sinpa' en un
restaurante, un hotel, etc, lo primero que hacen los perjudicados es salir
corriendo tras el autor y efectuar llamada a la policía para denunciar los
hechos, sin embargo la patronal que aglutina a las empresas más grandes del
sector de seguridad, que velan por la seguridad de millones de clientes que se
ven expuestos a la modalidad del 'sinpa',
lo fomenta y lo airea año tras año sin vergüenza, ¡ que buen ejemplo para sus
clientes !.
Y lo
hace del modo y manera que le permite la legislación
española, y apelando a una sentencia del Tribunal Contitucional del año 1990,
el mismo Tribunal que hace pocas fechas bendijo la reforma laboral y que según
lo argumentado por Aproser, también bendijo el 'sinpa' aunque en 1990 su práctica fuese meramente testimonial.