Dos
clientes y el guarda de un supermercado condenados por agredirse
Fuente:
diariovasco.com – 17 Febrero 2015
San Sebastián, 17 feb (EFE).- El vigilante de
seguridad de un supermercado donostiarra y una pareja que hizo saltar el arco
de seguridad de la línea de cajas al pasar con un carro han sido condenados a
distintas penas por agredirse mutuamente, tras negarse los clientes a mostrar
al guarda los productos que portaban.
Según la sentencia del caso, a la que hoy ha
tenido acceso EFE, los hechos se produjeron sobre las 18.30 horas del 7 de
octubre de 2013, cuando la pareja, de nacionalidad marroquí, se disponía a
abandonar el establecimiento con un carro de compra y, al pasar por la línea de
cajas, saltó una alarma.
En ese momento, el guarda de seguridad, de
nacionalidad senegalesa, se aproximó y requirió a los otros dos encausados que
le mostraran el contenido del carro, a lo que estos se negaron, lo que dio
lugar a una pelea entre los tres implicados.
En el transcurso de esta disputa, el
ciudadano marroquí empujó al vigilante y le quitó su defensa reglamentaria con
la que le golpeó en la cabeza en dos ocasiones, al tiempo que la mujer le
mordía en la espalda.
El guarda pegó entonces a su agresora con el
puño cerrado en la cara y en las piernas y, tras recuperar su defensa, golpeó
"repetidamente" al otro hombre "en diversas partes del
cuerpo".
A consecuencia de la reyerta, el vigilante de
seguridad sufrió una mordedura en la espalda que le produjo dos heridas en la
región dorsal derecha, de las que tuvo que ser tratado con antibióticos orales
y de las que tardó diez días en recuperarse, cinco de ellos impeditivos para
sus labores habituales.
Como secuelas sufrió "dos cicatrices
hipercrómicas en la región dorsal superior derecha del tórax que reproducen
sendas arcadas dentarias".
Por su parte, la mujer resultó con un eritema
en el pómulo izquierdo y dolor a la palpación en la región superior del
cuádriceps, y el hombre que la acompañaba tuvo que ser atendido de un
traumatismo craneoencefálico leve, tumefacción periorbitaria izquierda, una
herida en la zona parietal izquierda y erosiones superficiales en la zona
lumbar, de las que tardó siete días en recobrarse, uno de ellos impeditivo para
sus ocupaciones habituales.
Por estos motivos, la sentencia condena ahora
al guarda de seguridad a un año y tres meses de prisión y a seis días de
localización permanente por un delito y una falta de lesiones.
Asimismo, impone a la mujer un año de
reclusión por un delito de lesiones, y a su acompañante le condena a dos días
de localización permanente por una falta de maltrato de obra.
La resolución judicial obliga además al
guarda a compensar con 246 euros a este hombre y con 31 a la mujer, mientras
que a ésta le ordena indemnizar con 786 euros al vigilante.