Audiencia
niega que agredir vigilantes del metro sea atentado a la autoridad
Fuente:
la vanguardia.es - 01/07/2015
Barcelona,
1 jul (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha absuelto de un delito de atentado a
un hombre que agredió a una vigilante del metro de Transportes Metropolitanos
de Barcelona (TMB), al considerar que ese tipo de personal no puede ser
considerado autoridad pese a ejercer funciones de seguridad.
En una
sentencia, la sección octava de la Audiencia de Barcelona ha estimado el
recurso presentado por la defensa de Salvador G.M., que fue condenado a nueve
meses de cárcel por un delito de atentado a la autoridad y otro de lesiones por
agredir en junio de 2012 a una empleada de TMB que ejercía funciones de
vigilancia en la estación Torres i Bages del metro de Barcelona.
La
sentencia admite que, pese a que la víctima "iba debidamente uniformada y
tenía encomendadas funciones de inspección y vigilancia" no puede tener la
consideración de agente de la autoridad en el sentido que establece el Código
Penal para regular el delito de atentado.
El
tribunal recuerda que otras secciones de la Audiencia de Barcelona han denegado
que los funcionarios de TMB, aun ejerciendo funciones de vigilancia y seguridad
de sus instalaciones y servicios, puedan "reunir la categoría subjetiva de
agentes de la autoridad".
En
opinión de la sala, la ley de 2011 que equipara el personal de los
ferrocarriles con los agentes de la autoridad lo hace solo "en el sentido
objetivo de policía administrativa, pero no en el subjetivo de actuación
policial".
Por ese
motivo, la sala condena solo al procesado -al que se aplica la eximente
incompleta de drogadicción por su adicción a los estupefacientes- por un delito
de lesiones y una falta de daños, por lo que rebaja su pena a tres meses de
cárcel.