El sector de la seguridad privada genera en León casi dos mil empleos directos
e indirectos
Fuente: diariodigitaldeleon.com
- 05-11-2014 | Empleo
El sector cuenta con 26 empresas que
emplean a 785 personas directamente relacionadas con la seguridad privada,
cifra a la que hay que sumar otro millar de puestos de trabajo indirectos de
las empresas que prestan servicios de mantenimiento, formación, alarmas, y
otros.
El Subdelegado del Gobierno en León,
Juan Carlos Suárez-Quiñones y Fernández, acompañado por la Comisario Jefe
Provincial del Cuerpo Nacional de Policía, María Marcos Salvador, el Comandante
de la Comandancia de la Guardia Civil, José Rodríguez Migens, y el Jefe de la
Unidad Territorial de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía, Roberto
Gavela García, presidió esta mañana la Comisión Mixta de Seguridad Privada, que
integran responsables de las FCSE y representantes del sector, tales como
empresas, trabajadores y establecimientos obligados por Ley a disponer de
medidas de seguridad.
Uno de los principales puntos de la
agenda de trabajo de la Comisión se centró en analizar los cambios normativos
producidos con la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Privada 5/14 el
pasado mes de junio.
Una Ley que pretende la mejora de la
eficacia en la prestación de los servicios de seguridad privada en lo relativo
a organización y planificación, formación y motivación del personal de
seguridad; la eliminación de las situaciones que dan lugar al intrusismo tanto
de las empresas como del personal; la dotación al personal de seguridad privada
del respaldo jurídico necesario para el ejercicio de sus funciones legales, y
los elementos de colaboración entre la seguridad privada y la seguridad
pública, según contempla el propio texto normativo.
La ley pasa de poner el acento en el
principio de la subordinación a desarrollar más eficazmente el principio de
complementariedad a través de otros que lo desarrollan, como los de cooperación
o de corresponsabilidad, mediante una técnica legislativa más flexible que
permite una adaptación permanente a los cambios que experimente la sociedad sin
que sea precisa una reforma de rango legal para ello.
El conjunto de los cambios de la nueva
ley, además de mejorar y resolver problemas técnicos, de gestión y operativos,
profundiza decididamente en el actual modelo español de seguridad privada
(complementaria, subordinada, colaboradora y controlada por la seguridad
pública), apostando por su papel preventivo en beneficio de la seguridad
general, y lo hace aprovechando e integrando funcionalmente todo su potencial
informativo, de recursos humanos y de medios materiales, al servicio de la
protección y seguridad del conjunto de la ciudadanía, de forma compatible con
el legítimo interés que persiguen las entidades privadas de seguridad.
Novedades de la Ley
de Seguridad Privada
Los aspectos más novedosos de la nueva
Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, son lo siguientes:
- La nueva Ley representa un tratamiento
total y sistemático de la seguridad privada en su conjunto, que pretende
abarcar toda la realidad del sector existente en España, al tiempo que lo
prepara para el futuro.
- Se pasa de poner el acento en el
principio de la subordinación, a desarrollar más eficazmente el principio de
complementariedad a través de otros que lo desarrollan, como el de cooperación
o de corresponsabilidad.
- Participación de las comunidades
autónomas en la materia: se prevén mecanismos de coordinación institucional, se
clarifica el reparto de competencias estatales y autonómicas, se afianza la
competencia exclusiva del Estado en materia normativa y se sitúan en la órbita
ejecutiva las competencias de las Comunidades autónomas.
- Se da definición legal a conceptos o
términos que hasta ahora permanecían jurídicamente imprecisos o indeterminados,
como por ejemplo la de personal acreditado.
- Se regulan las llamadas actividades
compatibles, y se completan y perfilan mejor las actividades de seguridad
privada. La seguridad de la información y las comunicaciones aparece por
primera vez configurada como actividad compatible.
-Se liberaliza la actividad de
planificación, consultoría y asesoramiento, que pasa a considerarse como
actividad compatible.
- Se reconoce a los operadores de
seguridad la condición de personal acreditado como respuesta al gran avance
tecnológico y profunda transformación que ha experimentado la actividad de
verificación de alarmas.
- Se matiza el principio general de
exclusión de la seguridad privada de los espacios públicos.
- Se sustituye el sistema más gravoso de
la autorización administrativa por el de la declaración responsable para los
centros de formación, despachos de detectives, y las empresas de instalación y
mantenimiento.
- Se regulan cuestiones anteriormente
dejadas al reglamento, donde no tenían correcta ubicación, tales como las
relativas a las funciones de gran parte del personal de seguridad.
- La ley modifica el nombre de los
guardas particulares del campo por el de guardas rurales.
- Se amplía el requisito nacionalidad a
los nacionales de terceros estados que tengan suscrito con España un convenio
internacional en el que se contemple tal posibilidad a los nacionales de ambos
Estados.
- Protección jurídica análoga a la de
los agentes de la autoridad del personal de seguridad privada frente a las
agresiones o desobediencias de que pueden ser objeto cuando desarrollen
actividades de seguridad privada en cooperación o bajo el mando de las FFCCSS.
- Se elimina el periodo de inactividad.
- Se da cabida a otras posibilidades de
acceso a la formación mediante el sistema que determine el Gobierno, a
propuesta del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, al contemplarse la
posibilidad de una formación profesional reglada o de grado universitario para
el acceso a diferentes profesiones de seguridad privada, o de los
correspondientes certificados de profesionalidad del Ministerio de Empleo y
Seguridad Social.
- Regulación de los servicios de
videovigilancia y de investigación privada.
- Nuevo precepto que regula las medidas
provisionales que pueden adoptar los funcionarios policiales, cuando en el
marco de una inspección lo consideren absolutamente necesario.
- Separación del las infracciones
cometidas por las entidades, el personal o los usuarios, incluyendo a estos
últimos, a los centros de formación.
- Especial hincapié en la regulación de
aquellas conductas infractoras que tengan por objeto evitar el intrusismo de
las empresas de seguridad, el personal no habilitado, las empresas de servicios
que desarrollen actividades de seguridad o los usuarios.
Datos del sector
En la provincia de León existen 26
empresas dedicadas a la seguridad privada (más de una decena con delegación y/o
sede en la provincia), siendo un sector que emplea directamente a unas 800
personas, (739 vigilantes de seguridad, 46 vigilantes de explosivos, 8
escoltas, jefes y directores de seguridad y 7 detectives), a los que hay que
sumar otros mil puestos de trabajos indirectos que generan los puestos de
formación, las empresas instaladoras y de mantenimiento, las empresas de
alarmas y centrales receptoras de las mismas, etcétera.
El número de establecimientos obligados
por la Ley de Seguridad Privada a disponer de medidas de seguridad se ha
mantenido con respecto al año anterior, existiendo en la actualidad742 con este
tipo de exigencias legales, cuyos responsables deben comunicar la apertura a la
Subdelegación del Gobierno para que se realicen la comprobación y probación de
las medidas de seguridad aplicadas.
Establecimientos
con medidas de seguridad privada
Entidades bancarias
|
320
|
Joyerías, platerías, galerías de arte
|
112
|
Farmacias
|
121
|
Estaciones de servicio
|
152
|
Administraciones de Lotería
|
33
|
Establecimientos de juego
|
3
|
Otros:
|
1
|
TOTALES
|
742
|
Una de las mayores inquietudes del
sector, que también fue objeto de análisis por parte de la Comisión Provincial
Mixta de Seguridad Privada, se refiere al elevado número de falsas alarmas que
se están produciendo en los últimos tiempos, lo que acarrea la movilizaciones
innecesarias de los efectivos de los FCSE, un asunto que se ha incluido en la
nueva legislación para que las empresas del sector vayan adecuando
progresivamente sus elementos de seguridad para garantizar la veracidad de las
alarmas y por ende la eficacia en la actuación de Policía y Guardia Civil.
Complementaria
a la seguridad pública
El Subdelegado del Gobierno en León
recordó que los servicios de seguridad privada son complementarios y
subordinados respecto a los de la seguridad pública, estableciéndose, a partir
de ahí, un conjunto de controles e intervenciones administrativas que
condicionan el ejercicio de las actividades de seguridad por los particulares.
En este marco de complementariedad y
subordinación, es el Cuerpo Nacional de Policía, a través de la Unidad
Territorial de Seguridad Privada, el encargado del control, la supervisión y el
asesoramiento de todos los integrantes de la seguridad privada (a excepción de
los guardias rurales de campo, competencia de la Guardia Civil), empresas de
Instalación y mantenimiento, centrales receptoras de alarmas, empresas de
seguridad, detectives privados.
Igualmente comprueba la idoneidad de las
medidas con los que ciertos establecimientos están obligados a contar por
ley, habiendo realizado a lo largo de presente año más de medio millar de
inspecciones, concretamente 567 en lo que va de año. La actividad inspectora
que a lo largo del año ha propiciado la propuesta de 15 sanciones, de las que
10 fueron leves, 3 graves y 2 muy graves.