jueves, 24 de noviembre de 2011

Protección Infraestructuras Críticas


Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad de 15 de Noviembre de 2011 por la que se establecen los contenidos mínimos de los planes de seguridad del operador y planes de protección específicos conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 704/2011, Reglamento de protección de infraestructuras críticas que desarrolló la Ley 8/2011, de 28 de abril.
Dentro de estos planes de seguridad y protección se tienen que establecer los Procedimientos operacionales del personal de seguridad (funciones, horarios, dotaciones, etc.), los Procedimientos de formación, concienciación y capacitación (tanto general como específica) para entre otros el personal de seguridad y la Coordinación y Monitorización del Centro de Control de Seguridad (control de alarmas, recepción y visionado de imágenes, etc.),   equipos de vigilancia (turnos, rondas, volumen, etc.)y sistemas de comunicación.