Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 31 de Madrid de 26 de Octubre en reclamación contra Vinsa,incluye para el cálculo del valor de la hora extraordinaria los complementos: plus peligrosidad, nocturno y festivo. Se excluyen transporte y vestuario.
La Magistrada rechaza los argumentos de la empresa en cuanto a prescripción de las cantidades, no inclusión de las pagas de julio y beneficios, y no inclusión de los pluses de nocturnidad, festividad y peligrosidad, manteniendo los criterios unificados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.