viernes, 14 de junio de 2013

Ley Seguridad Privada: Interior rectifica y las empresas de seguridad no podrán investigar

Interior rectifica y las empresas de seguridad privada no podrán investigar

La regulación en este aspecto queda como en la ley todavía vigente y solo los detectives privados podrán realizar investigaciones

Fuente: lavanguardia.com | 13/06/2013

Madrid. (EFE).- El Ministerio del Interior ha modificado su propuesta para la nueva ley de Seguridad Privada y no permitirá que las empresas del sector realicen labores de investigación, reservadas a los detectives, frente al borrador inicial que les otorgaba esta competencia.

El texto de la futura ley, que sustituirá a la actual de 1992, será sometido mañana a debate en el Consejo de Ministros, que previsiblemente dará luz verde para su entrada en las Cortes. Fuentes del departamento han explicado a Efe que un mes después de presentar al gabinete de Mariano Rajoy el borrador y tras escuchar a las partes implicadas y de estudiar los informes consultivos, Interior ha decidido suprimir el precepto que permitía a las empresas de seguridad privada realizar investigaciones.

De este modo, la regulación en este aspecto queda como en la ley todavía vigente y solo los detectives privados podrán realizar investigaciones "en relación a personas, hechos o delitos solo perseguibles a instancias de parte". La modificación da satisfacción a los detectives, que ya habían mostrado su preocupación por lo que consideraban una invasión de competencias que, además, podría suponer la quiebra de un colectivo ya de por sí castigado por la crisis.

No obstante, la nueva ley les controlará más que hasta ahora y los detectives tendrán que dar cuenta al Ministerio del Interior de los encargos que reciben, los medios que emplean y los resultados obtenidos. Además, deberán destruir los sonidos e imágenes grabados durante sus vigilancias un año después de la finalización de su informe.


La regulación de los servicios de vídeo vigilancia es otro de los aspectos que prevé el proyecto, que insiste en la necesidad de que estos elementos se utilicen bajo los principios de proporcionalidad, idoneidad e "intervención mínima". No se podrán utilizar, de todos modos, con fines de seguridad privada para tomar imágenes y sonidos de vías y espacios públicos o de acceso público, salvo en los términos que regula la ley de seguridad ciudadana.