martes, 8 de noviembre de 2011

Despido improcedente por dormirse


Sentencia del Tribunal Superior de Justicia Castilla y León de 13 de Octubre de 2011, en reclamación por despido, frente a Prosegur Cia de Seguridad, el tribunal desestima el recurso presentado por la empresa contra la sentencia del Juzgado nº1 de Salamanca de 22 de Marzo de 2011 en la que se declaró la improcedencia del Despido. El Tribunal considera correcta la sentencia de instancia toda vez que el trabajador, que Sufría de Síndrome de Apnea del Sueño de carácter grave, no es responsable al no tener conocimiento previo de la enfermedad que se diagnosticó en fecha posterior al despido. Según el Tribunal “la empresa no ha acreditado ni que el trabajador se durmiese voluntariamente ni que teniendo conocimiento de ese riesgo nada comunicase, por lo que no hay culpabilidad”