El
Supremo obliga a cambiar las TIP de los vigilantes de seguridad
CCOO
Ilunion Seguridad – 18 de Mayo de 2016
La Sala de lo Contencioso del
Tribunal Supremo en su sentencia de 25 de Abril de 2016, ha rechazado el
recurso presentado por la Administración General del Estado y ratifica la
sentencia de 20 de Noviembre de 2013 dictada por la sección 5ª de la sala de lo
contencioso administrativo de la Audiencia Nacional que anuló en su parte
dispositiva la previsión contenida en el apartado 1 del Anexo V de la OrdenINT/318/2011, que establece que debe constar en la tarjeta de
identidad profesional del personal de seguridad privada, excepto en la de los
guardias particulares del campo y sus especialidades, el dato siguiente:
"el número del Documento Nacional de
Identidad o del Número de Identificación de Extranjero, con todos sus
caracteres alfanuméricos."
En aplicación de la
sentencia de la Audiencia Nacional, la Administración del Estado se ve obligada
a expedir nuevas Tarjetas de Identidad
Profesional a todos los vigilantes de seguridad en sustitución de las actuales,
y asumir el coste de las mismas.