Una nueva perspectiva para la
contratación pública
Fuente:
madrid.es - 19.01.2016
La instrucción se ha firmado hoy (martes,
19 de enero) mediante decreto y es de aplicación inmediata a partir de su
publicación. Desde ese momento, afectará a todos los contratos del Ayuntamiento
de Madrid, Organismos Autónomos y entidades del sector público municipal
Las empresas y entidades que
se adjudiquen contratos públicos deberán cumplir cláusulas sociales de interés
general. Cerca de 1.500 millones de euros anuales se rigen a partir de ahora
por otros criterios
El empleo sí importa: el número de
trabajadores y la estabilidad de sus puestos pasan a ser criterios de peso
La igualdad, la accesibilidad
y la seguridad laboral destacan entre otros criterios transversales de esas
cláusulas sociales
Además, el resultado que ofrezcan las
adjudicatarias estará más controlado al exigir mayor concreción en el número de
personas y los medios necesarios para la prestación de un servicio u obra
concreta
Se creará próximamente una
comisión de seguimiento de ejecución de la contratación para asesorar y verificar
la gestión de los diferentes órganos de contratación
Sánchez
Mato explica la instrucción de clausulas sociales de la contratación
La
contratación pública del Ayuntamiento de Madrid cambia de perspectiva con la
entrada en vigor de una instrucción de cláusulas sociales. La igualdad, la
accesibilidad y las condiciones laborales adquieren un peso específico. El empleo sí importa por lo que el número de
trabajadores y la estabilidad de sus puestos pasan a ser criterios
fundamentales en la adjudicación de los contratos que dependen de organismos y
entidades municipales. La contratación pública municipal aspira así a
convertirse en un referente social al tiempo que se garantizan mejores
servicios y resultados.
El
pasado 23 de septiembre el precio dejó de ser el criterio único y fundamental
para la adjudicación de contratos públicos. La Modificación de la Instrucción
3/2012 abrió el camino para introducir otros criterios a la hora de decidir qué
empresas o entidades deben desarrollar obras y servicios.
Le
siguieron acuerdos del Pleno Municipal y en la Junta de Gobierno encaminados a
desarrollar los criterios y competencias para cambiar la forma de contratar, y
superar así la fórmula de contratos integrales y otras adjudicaciones que
cierran el mercado a otras empresas y entidades por muchos años.
Ahora
se firma la Instrucción por Decreto sobre "la incorporación de cláusulas
sociales celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus organismos autónomos y
entidades del sector público municipal".
A
partir de la publicación oficial de esta Instrucción entra en vigor con efecto
inmediato y no retroactivo un decreto que cambia la perspectiva de la
contratación pública del Ayuntamiento a través de sus áreas, sus juntas de
distrito y cualquier otro organismo o entidad que esté bajo control del
Ayuntamiento de Madrid. Esto afectará a contratos por un valor cercano a los
1.500 millones de euros anuales.
Objetivos
de política social
Igualdad,
accesibilidad, seguridad y salud laboral, empleo, estabilidad del mismo y
formación en el lugar de trabajo destacan entre los objetivos de la nueva
contratación.
En los
contratos que se adjudiquen, sea del organismo que sea, deberá observarse al
menos uno de estos objetivos. En el caso específico de los contratos con
perspectiva social, los objetivos serán especialmente relevantes: los objetivos
mencionados se emplearán como criterio para valorar y adjudicar esos contratos.
Por
contratos con perspectiva social se entienden aquellos que están directamente
relacionados con políticas sociales (como puede ser la educación o la
asistencia a mayores) y también los que van destinados a los siguientes
colectivos: perceptores de renta mínima de inserción, personas sin hogar en
proceso de acompañamiento social por recursos públicos, jóvenes mayores de 18
años previamente tutelados, mujeres víctimas de violencias machistas y personas
desempleadas de larga duración.
Estabilidad
del empleo: subrogación obligatoria, mantenimiento de puestos
La
aplicación del objetivo de estabilidad en el empleo merece mención especial.
Será una condición fundamental a la hora de valorar y adjudicar contratos en
los que la mano de obra sea el componente fundamental (se trata sobre todo de
contratos para la prestación y gestión de servicios).
La
subrogación contractual de trabajadores será obligatoria en contratos de más de
300.000 euros de prestación de servicios públicos y para todos los de gestión
de servicios públicos. Esto significa que al término de un contrato, el
personal de la empresa adjudicataria saliente pasará a estar adscrito a la
nueva adjudicataria con todos los derechos y obligaciones.
Con
independencia de la cláusula de subrogación contractual en aquellos contratos
en los que la mano de obra sea el componente fundamental (se trata sobre todo
de contratos para la prestación y gestión de servicios), se puntuará el
mantenimiento, estabilidad y mejora de las condiciones de trabajo del personal.
Resulta
fundamental desde la perspectiva de los derechos laborales, pero también para
garantizar el mejor resultado de un contrato. Un servicio es, sin lugar a dudas
mejor si cuenta con el número adecuado de trabajadores. La continuidad de ese
servicio será también mejor si se le da continuidad a través de trabajadores
que conocen las necesidades de los usuarios. La mejora y mantenimiento del
empleo es, por tanto, imprescindible para garantizar resultados satisfactorios.
Aplicación
La
aplicación de esta instrucción dependerá del objeto del contrato, aunque
estamos hablando de aquellos contratos que prestan servicios a la ciudad de
Madrid o a sus habitantes. Se aplicarán especificaciones técnicas y el criterio
de accesibilidad para valorar las ofertas a todos los contratos, a los
contratos con perspectiva social, las anteriores más criterios de adjudicación
que cumplen objetivos sociales y a éstos últimos, junto con aquéllos en los que
se justifique que el componente mano de obra es el fundamental y añade valor a
la prestación objeto del contrato, valorarán la estabilidad en el empleo.
Las
cláusulas, su ámbito de aplicación y los criterios de valoración vienen
especificadas en la instrucción y los cinco anexos de la misma.
Comisión
de seguimiento de ejecución de la contratación
Las
personas encargadas de la licitación, adjudicación y gestión de contratos
participarán en una comisión de seguimiento encaminada a la correcta ejecución
de esta instrucción. Las reuniones de la comisión, dirigidas desde el Área de
Economía y Hacienda, serán regulares.
Contratación
pública como referente social
A la
instrucción de cláusulas sociales que se presenta, le seguirán otras
instrucciones y comunicaciones de carácter social, ambiental, ético de comercio
justo e innovadoras, que se elaborarán con criterios participativos. También se
implantarán y se evaluarán a fin de cumplir el objetivo de una contratación
pública municipal como referente y relevante herramienta de cohesión social./