lunes, 28 de agosto de 2017

El rey de la seguridad destronado

El rey de la seguridad destronado

El presidente de Las Palmas y propietario del Grupo Ralons, Miguel Ángel Ramírez, aplica en sus empresas Convenios Colectivos que han sido declarados nulos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid

La ministra de Empleo, Fátima Báñez, se ha visto obligada a impugnar el Convenio de la empresa Marsegur que ella misma autorizaba en el Boletín Oficial del Estado meses antes.
Fuente: extraconfidencial.com/ DOINEL CASTRO/Agosto 28, 2017

El 25 de junio de 2014, el Estadio de Gran Canaria vivía uno de los momentos más caóticos de la historia del fútbol español moderno. La Unión Deportiva Las Palmas acariciaba el ascenso a Primera División, 12 años después, y sus aficionados, incapaces de esperar a los tres pitidos de clausura del trencilla murciano, se descolgaban de las gradas hacia el terreno de juego para entorpecer la práctica del fútbol y acelerar un trámite al que le quedaban escasos minutos.

Debido a la algarabía desmedida que reinaba en el campo, el colegiado se vio obligado a suspender el encuentro ya que alrededor del verdín se seguían amontonando seguidores canarios en un evidente problema de la seguridad que debía velar por el control del encuentro.

Una vez reanudado el partido, el Córdoba empataba en el minuto 92 echando por tierra el sueño insular y dejando una penosa y patética imagen de las medidas de seguridad adoptadas por la empresa que opera en el estadio.

El presidente de la UD Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez, tuvo que salir al paso por las críticas que le afectaban por las dos caras de la moneda. Primero, por su propia condición de presidente del club damnificado y, segundo, por ser dueño de la empresa de seguridad contratada en el recinto deportivo.

Y es que el polémico empresario canario es apodado el “rey de la seguridad” por ser propietario del Grupo Ralons, empresa muy diversificada presente en sectores económicos dispares como la vigilancia, el transporte de fondos y el monitoreo de alarmas a través de Seguridad Integral Canaria, la limpieza a través de Ralons Servicios o la gestión de escuelas infantiles con Ralons Schools.

El Grupo factura más de 100 millones de euros anuales, cuenta con cerca de 4.000 trabajadores y tiene delegaciones en todas las Islas Canarias, así como en Madrid, San Lorenzo del Escorial, Segovia, Burgos, Sevilla y Palma de Mallorca. En casa del herrero, cuchillo de palo.

Varapalos de la Justicia y de la Administración

La mercantil Marsegur es una empresa dedicada a la seguridad privada con implantación en todo el territorio nacional. Su propietario no es otro que Miguel Ángel Ramírez. El martes 10 de marzo de 2015, el Boletín Oficial del Estado publicaba la resolución de 2 de marzo de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Marsegur Seguridad Privada SA. Conviene destacar la importancia de este acuerdo que afecta a un total de 450 trabajadores de centros de trabajo situados en las provincias de Barcelona (30 trabajadores), Madrid (304 trabajadores), Las Palmas (96 trabajadores) y Santa Cruz de Tenerife (20 trabajadores). Un Convenio con vigencia desde el 1 de noviembre de 2014 hasta el 30 de octubre de 2014, pero como bien se indica en su artículo octavo, “se entenderá automáticamente prorrogado, a todos los efectos, por años naturales si no mediara denuncia por cualquiera de las partes, salvo en la materias específicas que cuenten con vigencias diferentes el 30 de octubre de 2024. La denuncia deberá ser efectuada con una antelación no inferior a dos meses a la fecha de su vencimiento o del de cualquiera de sus prorrogas”.

No una, sino tres veces se ha pronunciado la Justicia con respecto a este acuerdo. Dos de ellas por parte de la Audiencia Nacional y una tercera por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Y en todas ellas los intereses de Marsegur han salido malparados. De este modo, el 11 de mayo de 2016, la Audiencia Nacional declaraba nulo el Convenio Colectivo de la empresa Marsegur Seguridad Privada. Entre otros motivos, se consideró que se había excedido la capacidad negocial de los delegados de personal, quebrantando el principio de correspondencia representativa.

En abril del presente curso, la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de Fátima Báñez impugnaba los Convenios de Marsegur, una demanda a la que se sumaban los sindicatos de Comisiones Obreras (CCOO), Unión General de Trabajadores (UGT), Unión Sindical Obrera (USO), Sindicato de Trabajadores de Seguridad y Servicios (STS) y Sindicato Nacional de Trabajadores (SNT).

En el otro bando se encuentran la empresa, el Sindicato de Trabajadores Unidos (STU), la Central Sindical Obrera Independiente (CSOI), y el Sindicato por independientes quienes realizan un nuevo Convenio Colectivo amparándose en el 40% de representatividad que ostentan pero que “carece de la legitimación plena exigida por el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores para iniciar el proceso de elaboración de un Convenio colectivo de eficacia general”, tal y como indica la Audiencia Nacional.

Por todo ello, el 5 de mayo de 2017 la Audiencia Nacional volvía a establecer que el Convenio Colectivo de la empresa propiedad de Miguel Ángel Ramírez era contrario a derecho por no reunir los requisitos de legitimación establecidos en los artículos 87, 88 y 89 del Estatuto de los Trabajadores.

Por este motivo, se condena a Marsegur “a hacer frente a una sanción pecuniaria de 6.000 euros y a abonar los honorarios de los letrados de quienes han intervenido como parte demandante, hasta un máximo de 600 euros por cada uno”. 

La Justicia española viene a decir con sus sentencias, apuntando a los artículos incumplidos por el Convenio colectivo, que Marsegur no respeta ni la legitimación de la representación de los trabajadores, ni la constitución de la comisión negociadora, ni la tramitación, aplicación e interpretación de los acuerdos entre empresa y trabajadores.

De este modo, atendiendo al Estatuto de Trabajadores, los empleados de esta sociedad no están “legitimados para negociar en los convenios de empresa y de ámbito inferior”; la comisión negociadora no está válidamente constituida por no representar “como mínimo a la mayoría absoluta de los miembros de los comités de empresa y delegados de personal, en su caso, y a empresarios que ocupen a la mayoría de los trabajadores afectados por el convenio”; y no existe “buena fe” entre las partes.

Concesión de licencias de armas de manera poco ortodoxa y la no realización en tiempo y forma de los ejercicios de tiro obligatorios

En el Convenio colectivo se establece que con el carácter de salarios personales anuales mínimos y máximos, respectivamente, las partes acuerdan fijar los importes brutos anuales por categoría profesional.

Así los vigilantes de seguridad tendrán un salario mínimo de 11.637 euros (969,75 euros mensuales) y de 12.320 euros (1.026,6 euros mensuales). Sin embargo, la tabla salarial muestra como un vigilante de seguridad tendría un salario base de 726 euros, que pasarían a ser 789 euros con complementos.

Los salarios de los más de 500 mujeres y hombres que prestan su servicio para el Ministerio de Defensa de María Dolores de Cospedal se han visto mermados en más de un 40% de un mes para otro y sus bases de cotización se han reducido en casi un 50%, ello es debido a que la empresa Marsegur sigue aplicando este Convenio colectivo que ha sido declarado nulo.

Todos estos motivos que quedan perfectamente descritos en la petición registrada en change.org y en la que se solicita que el Ministerio de Defensa cancele el contrato a Marsegur. Un contrato que “desde su inicio ha estado en una situación complicada, en primer lugar fue impugnado, se presentaron al Ministerio las firmas de los VS que trabajan en los diferentes centros exponiendo el riesgo laboral y salarial, pero finalmente fue adjudicado”.

Además también se dice del Convenio que fue realizado “de una manera muy inestable, sin la entrega del material, vestuario y dotación reglamentaria, se practicó una cesión de armas, munición y armeros de una manera precipitada e inusual, aunque aparentemente legal, no obstante en dos meses dicha empresa no ha sido capaz de formalizar dicha cesión y se ha vuelto a prorrogar”.


En estos dos meses de servicio también se destaca que los descubiertos en diferentes servicios son habituales, que se han clausurado armeros, se han concedido licencias de armas de manera poco ortodoxa, no se han realizado en tiempo y forma los ejercicios de tiro obligatorios, no existen Planes de Riesgos Laborales, de Riesgos Específicos de Los Centros ni Órdenes de Puesto, en algunos centros no están disponibles ni los vehículos, ni la formación en materia terrorista, ni las nuevas tecnologías.